lunes, 16 de junio de 2014

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA JOSÉ REVUELTAS



REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA JOSÉ REVUELTAS 

1. Todos los libros y revistas adquiridos o cedidos a la Escuela, serán depositados en la Biblioteca y anotados en su inventario.
2. Las normas de funcionamiento de la Biblioteca estarán expuestas en un lugar visible de la misma.

PRÉSTAMO.
1. No se prestan ni las enciclopedias ni los diccionarios, ni aquellos documentos que determinen los departamentos didácticos.
2. El préstamo se hará por un período de 3  días naturales, renovables por otros 3.
3. En caso de pérdida o deterioro de un libro u otro material, se restituirá el material en cuestión o se reembolsará el importe económico.
4. El préstamo será de tres libros por alumno como máximo y solamente se podrán prestar materiales en el horario lectivo.
5. Tanto del préstamo como de la devolución se hará cargo el profesor en la hora asignada para la Biblioteca. 
6. El préstamo de libros u otro material puede hacerse también para los períodos vacacionales y cuando las condiciones de devolución sean favorables.
7. No se prestará ningún tipo de material si previamente no se ha devuelto el que tienen en préstamo y quedarán exentos del préstamo aquellos que no hayan repuesto el material extraviado o gravemente deteriorado, una vez comunicado a los padres o tutores.
8. El préstamo comenzará a primeros de octubre y finalizará el último día lectivo.

HORARIOS DE APERTURA.
1. La biblioteca permanecerá abierta de 7.00 a 15 horas.
2. Durante los meses de Junio y Septiembre no se abrirá la Biblioteca durante el recreo ni en horario lectivo.
3. Los profesores designados al efecto se harán cargo de la vigilancia de la Biblioteca.

DEBERES Y DEL COORDINADOR DE BIBLIOTECA.
1. Presentar un plan anual a principios de curso con los proyectos y expectativas.
3. Vigilar y permanecer en la Biblioteca las horas asignadas.
4. Gestionar y recabar información sobre los alumnos que adeudan
libros o revistas 

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